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La Torre de Hercules

Testamentos ¿legales? en el Juan Canalejo

Leo lo siguiente en El Ideal Gallego:

" Los pacientes del complejo hospitalario Juan Canalejo que deseen firmar un testamento vital ya no tienen que recurrir a la oficina del notario para que éste les redacte el documento. De ahora en adelante, lo podrán hacer en el mismo centro, simplemente dirigiéndose al servicio de Atención al Paciente y pidiendo el formulario correspondiente.

Y es que el Comité de Bioética del complejo ha considerado prioritario ofrecer todas las facilidades para que el enfermo pueda plasmar, por escrito, lo que quiere hacer en caso de que se produzca una situación límite tras una intervención delicada o después de un proceso patológico con fatal desenlace. En este sentido, el hospital de As Xubias pone a su disposición no sólo toda la información referente a este documento y las implicaciones que se derivan de su firma, sino que incorpora un formulario base donde sólo hay que expresar por escrito la decisión tomada.

Anticiparse a los hechos

Gracias a esta iniciativa, el enfermo que quiera anticipar su voluntad podrá hacerlo sin necesidad de molestarse en la redacción del documento , explica Benigno Acea, uno de los responsables del comité de Bioética del complejo.Y es que gracias a este servicio los enfermos sólo tendrán que imprimir su firma en el formulario acompañado de la rúbrica de varios testigos y, eso sí, el refrendo del notario.

El médico titular del enfermo se quedará con una copia de este testamento vital para incorporarla a su historia clínica , apunta el doctor Acea, confesando que ya se han presentado solicitudes para recoger información.

Otra de las novedades que se van a incorporar en el centro, y que viene amparada por la reciente aprobación de la ley sobre el consentimiento informado, es que el enfermo es el que va a decidir quién puede tener conocimiento de su historial clínico y de su diagnóstico.

Conflictos morales

Este principio se adecua al protocolo para proteger la confidencialidad que va a diseñar en breve el comité de Ética del Canalejo. La iniciativa es fruto de amplios debates internos que resolvieron la necesidad de regular también la difusión de los expedientes médicos. Estas mejoras en el trato con el paciente son fruto del trabajo de un grupo de profesionales que se reúnen de forma periódica para no sólo mejorar el bienestar del enfermo en su estancia, sino también para orientar a los facultativos en los conflictos morales que surgen.

Cada año, este foro de debate ético recibe alrededor de diez consultas, un número que se va incrementando de forma progresiva al depositar los profesionales su confianza en él. "

Y aunque me parece una buena idea, me preocupa. Veamos el asunto por partes. Aunque es muy recomendable, no todos tenemos un testamento hecho y mantenido al dia. Lo que significa que si palmamos de un dia para otro, puede que nuestros deseos no se cumplan y la ley se encargue de repartir nuestras cosas. Asi que el hospital nos da la oportunidad ( al estilo de un capitan de barco ) de poner por escrito nuestras ultimas voluntades. Pero ¿sera esto legal? Me explico. Por ley ( y por narices ) la ley divide las propiedades en tres partes de valor economico equivalente. El tercio de la legitima debe repartirse a partes iguales entre todos los herederos legitimos ( y es bastante dificil deshederar a alguien ), el tercio de mejora si se puede repartir como se quiera entre esos mismos herederos. Y por fin, el tercio de libre disposicion se lo puedes dejar a quien te de la gana. Esta es la ley. Pero pongamonos en el caso de un enfermo que por necesidad o urgencia decide coger ese formulario ( dios, que mal suena ) y lo cubre. Que se olvide de cosas como todo para mi hijo el mayor, o nada para el pequeño, que no me ha visitado. Y que se olvide tambien de dejarle a la enfermera que le cuida el piso, y a los hijos el dinero y otras cosas por el estilo. Eso esta pidiendo a gritos una impugnacion y un juicio. Asi que si esta iniciativa no va acompañada de un abogado o un notario que explique las condiciones y de fe del reparto legal, no creo que sirva de mucho.

1 comentario

javier -

el testamento vital del que se habla en la noticia nada tiene que ver con el testamento o ultimas voluntades que se recoge en derecho civil. Es decir su destino no es decidir sobre las propiedades, sino por ejemplo: si desea ser intubado, o si acepta o no una reanimacion cardio pulmonar, o si llegado el caso y no puede expresar su opinion si querría ser operado u otras cosas...