Sobre el canon de cds. Dialogo de sordos y mudos
Leo en Escolar.net un listado de los argumentos a favor de mantener el canon sobre cds. Cada uno de ellos es comentado y rebatido. Pero como en esto solo se convencen los ya convencidos, me recuerda a un dialogo de mudos hablando con sordos. Pero aun asi lo copio aqui, dejando claro de donde lo he pillado, ojo. Esto es la version shareware, pero os dejo el enlace al articulo original, con graficos y comentarios:
" Las entidades de gestión de derechos de autor están nerviosas. Tanto que, pese a sus notables diferencias, han sido capaces de ponerse de acuerdo para defender un terreno común: el canon de copia privada. Más concretamente, el canon del CD-r y el DVD-r que el Senado cuestionó hace unas semanas a propuesta del Partido Popular.
Para defender el canon, las entidades de gestión han presentado diez argumentos. Los analizo uno a uno.
1- Si se eliminara en España la remuneración compensatoria por copia privada, como ha propuesto el PP en el Senado, nuestro país se convertiría en una dolorosa excepción en Europa. Todos los países de nuestro entorno han establecido una pequeña remuneración como cesión del derecho de propiedad intelectual. Las únicas excepciones son las de Inglaterra e Irlanda, que aplican otros mecanismos de compensación. Es decir, los Estados de la UE permiten la copia privada de forma legal porque ésta tiene que estar obligatoriamente remunerada.
¿Y cuáles son esos supuestos mecanismos de compensación que aplica Inglaterra e Irlanda? Por otra parte, el canon español es de los más altos de Europa. Tanto es así que muchas tiendas y consumidores están comprando sus CDs y DVDs vírgenes en otros países de la UE sin canon o con un canon mucho más barato. En España, un DVD-R cuesta 50 céntimos y el canon para el mismo soporte es de 60 céntimos. No es una pequeña remuneración: se paga más por el canon que por el propio DVD.
La copia privada no está unida inexorablemente al pago de un canon que, además, sólo se paga por determinados contenidos. No cobran los fabricantes de software por copia de seguridad, a pesar de que estos soportes gravados por canon se suelen destinar tanto o más a este uso. El derecho a la la copia privada existía antes que lo hiciese el canon.
2- La remuneración no sólo no frena la llamada sociedad de la información, sino que la estimula. No en vano, la sociedad de información se basa en los contenidos, que es lo que debemos potenciar, fomentar y proteger entre todos y para lo que deseamos el apoyo decidido y responsable de los partidos políticos. Las directivas europeas que España está obligada a trasponer exigen con ese fin la protección de la propiedad intelectual. La remuneración por copia privada es, de hecho, un beneficio para los usuarios ya que gracias a ella pueden realizarla legalmente.
La legislación europea también dice que hay que liberalizar el sector de los servicios entidades de gestión incluidas y que no se puede rebajar el IVA de los discos. ¿Por qué sus directivas son obligaciones sólo cuando interesa?
Si tanto se insiste en no mezclar copia privada con P2P deberían empezar ellos mismos a aplicarse la receta. Ninguna de estas entidades de gestión reconoce la copia a través de Internet como copia privada, por lo que es demagógico considerar que la existencia de la copia privada es beneficiosa para Internet. En la Red no hay soporte, no hay CD. Para la difusión de los contenidos de Internet es irrelevante que se pague o no ese canon, a no ser que consideremos el intercambio de archivos peer to peer como copia privada.
Lo que no es lógico es que, por ejemplo, el sistema judicial español tenga que pagar cientos de miles de euros a las entidades de gestión en concepto de copia privada al pagar los CDs en los que se almacenan los expedientes. El respeto por la propiedad intelectual no pasa inevitablemente por cobrar un canon por el CD.
3- La polémica desatada en torno a la copia privada es un problema creado artificialmente por una campaña de intereses de empresas muy concretas, interesadas no en la supuesta defensa de ningún usuario, sino en obtener mayores márgenes comerciales.
Según una reciente encuesta, el 89,6% de los internautas está en contra de este canon. Que sus intereses coincidan con lo de algunas empresas no quita ninguna validez a una protesta que pocas veces ha sido tan unánime en la opinión pública española. El canon no lo pagan las empresas: lo pagamos los usuarios de estos soportes de nuestro bolsillo.
4- Los fabricantes de equipos e importadores de soportes (integrados en ASIMELEC) firmaron libremente, hace menos de dos años, un acuerdo con las entidades de gestión que consideraron positivo. Aquella firma se produjo a raíz de diversas sentencias judiciales que confirmaron con toda rotundidad el derecho de remuneración por copia privada. Todas las partes también tuvieron presente la experiencia de los demás países.
La trampa está en los paréntesis. Los socios de ASIMELEC se dedican a fabricar e importar soportes, pero no todos los importadores y fabricantes están en ASIMELEC.
El canon por copia privada se estableció con la llegada de los soportes analógicos, por el vídeo y la casete de audio. El uso de esos soportes sí estaba destinado en la amplísima mayoría de las ocasiones a la copia privada de material protegido por derechos de autor. Sin embargo, el CD y el DVD-r no sólo se destinan a la copia de música o cine.
La legislación española no contempla específicamente a los nuevos soportes digitales como susceptibles de pago de canon. De hecho, la actual Ley de la Propiedad Intelectual permite al Gobierno establecer qué soportes pueden quedar exceptuados del pago de la remuneración, atendiendo a la peculiaridad del uso o explotación a que se destinen.
Con la ambigüedad de este texto, la fuerza de sus abogados y ante la apatía del Gobierno, la SGAE consiguió acorralar judicialmente a los principales fabricantes de CD-r. El acuerdo que firmaron libremente los socios de ASIMELEC (que no todo el sector) consistió en empezar a pagar a cambio del perdón de las deudas anteriores, ya que a juicio de la SGAE cada CD-r vendido estaba obligado a pagar canon a pesar de que los fabricantes no habían trasladado a los consumidores el cobro de dicha compensación. Los fabricantes tenían dos opciones: empezar a pagar o quebrar, ya que las supuestas deudas contraídas eran desorbitadas.
5- El Partido Popular, que jamás se opuso a la remuneración compensatoria durante su mandato e incluso la consideró positiva, ha querido ahora cambiar súbitamente de opinión, por sorpresa, sin argumentos y sin consenso en sus propias filas.
El Partido Popular se opuso al divorcio y luego cambio de idea. El PSOE se opuso a la entrada a la OTAN y luego cambio de idea. Sin ir más lejos, muchos de los partidos que votaron en contra de la propuesta del PP en el Senado habían dicho antes no al canon y súbitamente también cambiaron de idea.
6- En ningún otro sector se discute la propiedad: ni en patentes tecnológicas, ni en las derivadas de I+D farmacéutico o alimentario, ni en diseño, ni en marca, ni siquiera en ningún tipo de intangibles. El mundo de la cultura, en cambio, está siendo víctima de una campaña de infundios que alientan personajes cuya representatividad entre el colectivo de internautas nos resulta un perfecto misterio.
No se cuestiona la propiedad, pero la propiedad intelectual no es igual a la material y en ninguno de los dos casos es absoluta e infinita. Por ejemplo, como explica Lawrence Lessig, el concepto tradicional de la propiedad de los terrenos establecía que esos derechos se ampliaban hasta el cielo. Cuando llegó el avión, hubo que cambiar dichos derechos para impedir que un propietario pudiese prohibir a los aviones circular sobre su cabeza.
Por otro lado, las farmacéuticas no cobran un canon a los vendedores de productos químicos o de probetas. El mundo de la moda no cobra un canon a los fabricantes de telas. Las compañías de alimentación no cobran un canon por las cazuelas.
Las entidades de gestión cuestionan la representatividad de los que las critican, pero al mismo tiempo se atribuyen en exclusiva la representatividad de todo creador. Yo no represento a nadie. Pero mi talento y mi creación, como el de muchos otros, no es suyo. La cultura es algo mucho más grande que la propia industria.
7 - Proteger la creatividad y la innovación ha impulsado siempre el crecimiento económico. Y ése es un objetivo en que toda la clase política y los sectores involucrados deberíamos remar en la misma dirección.
La protección de la creatividad no puede hacerse a costa de un mecanismo de compensación claramente arbitrario e injusto. Y en este caso son los consumidores los desprotegidos.
Este año, a pesar de la supuesta crisis musical, la SGAE ha logrado su récord histórico de ingresos. Esta entidad ha recaudado más de 300 millones de euros, un 11,9% más que el ejercicio anterior. Gran parte de estos ingresos extraordinarios se deben al espectacular aumento de ingresos por copia privada, que este año ha supuesto el 10% de la caja de la SGAE: 30 millones de euros sólo para esta entidad de gestión. Esta cantidad es tres veces mayor a la que se recaudaba hace cinco años.
8 - Los propios fabricantes de equipos y soportes combaten legalmente las copias ilegales porque su propiedad industrial está protegida. De hecho, los propios CD, que pretenden eximir de la remuneración, pagan unos royalties por patente.
La comparación es totalmente desproporcionada. El pago de esas patentes es muchísimo más barato que el del canon. Y el 100% de los CDs son CDs. Pero no todos los CD-R se usan para grabar contenidos protegidos por propiedad intelectual.
Por otra parte, si el derecho a la copia privada se adquiere al comprar el original, lo lógico sería cargarlo al precio del producto original y no al del soporte. Además, muchos de los discos y todos los DVDs que salen al mercado están protegidos contra copia, por lo que se impide el uso de este derecho por el que sí se paga.
La actual legislación prohibe romper esas protecciones, por lo que cobrar el canon por una copia privada que tecnológicamente es imposible de realizar sin cometer un delito es como cobrar el IVA a los narcotraficantes.
9 - La cultura en España también es una industria especialmente potente en términos macroeconómicos: representa entre el 3% y el 5% del PIB, según se establezcan los baremos.
La industria cultural pretende ser industria cuando se trata de cobrar y cultura cuando se trata de pedir. Otros sectores más importantes en términos de PIB han sufrido reconversiones por culpa de la tecnología mucho más duras y no por ello se ha legislado a su medida. Por otra parte, no es de recibo pedir más protección legal y más mano dura cuando los ingresos de las entidades de gestión alcanzan récords históricos.
10 - Las entidades firmantes quieren recordar que gestionan la remuneración privada sin fines lucrativos y destinan un porcentaje muy significativo a fines asistenciales y de promoción y difusión de la cultura española por todo el mundo. Estos esfuerzos en el ámbito de la responsabilidad social corporativa supusieron durante 2004 una inversión de 16 millones de euros.
Bonito dato: 16 millones de euros. La ley establece que el 20% de lo recaudado por copia privada debe destinarse a fines asistenciales y de promoción y difusión de la cultura. Así que, si esta cifra es cierta, por fin hemos descubierto cuánto se recauda por copia privada en España entre todas las entidades de gestión. ¿80 millones en 2004? ¿Sin afán lucrativo? "
" Las entidades de gestión de derechos de autor están nerviosas. Tanto que, pese a sus notables diferencias, han sido capaces de ponerse de acuerdo para defender un terreno común: el canon de copia privada. Más concretamente, el canon del CD-r y el DVD-r que el Senado cuestionó hace unas semanas a propuesta del Partido Popular.
Para defender el canon, las entidades de gestión han presentado diez argumentos. Los analizo uno a uno.
1- Si se eliminara en España la remuneración compensatoria por copia privada, como ha propuesto el PP en el Senado, nuestro país se convertiría en una dolorosa excepción en Europa. Todos los países de nuestro entorno han establecido una pequeña remuneración como cesión del derecho de propiedad intelectual. Las únicas excepciones son las de Inglaterra e Irlanda, que aplican otros mecanismos de compensación. Es decir, los Estados de la UE permiten la copia privada de forma legal porque ésta tiene que estar obligatoriamente remunerada.
¿Y cuáles son esos supuestos mecanismos de compensación que aplica Inglaterra e Irlanda? Por otra parte, el canon español es de los más altos de Europa. Tanto es así que muchas tiendas y consumidores están comprando sus CDs y DVDs vírgenes en otros países de la UE sin canon o con un canon mucho más barato. En España, un DVD-R cuesta 50 céntimos y el canon para el mismo soporte es de 60 céntimos. No es una pequeña remuneración: se paga más por el canon que por el propio DVD.
La copia privada no está unida inexorablemente al pago de un canon que, además, sólo se paga por determinados contenidos. No cobran los fabricantes de software por copia de seguridad, a pesar de que estos soportes gravados por canon se suelen destinar tanto o más a este uso. El derecho a la la copia privada existía antes que lo hiciese el canon.
2- La remuneración no sólo no frena la llamada sociedad de la información, sino que la estimula. No en vano, la sociedad de información se basa en los contenidos, que es lo que debemos potenciar, fomentar y proteger entre todos y para lo que deseamos el apoyo decidido y responsable de los partidos políticos. Las directivas europeas que España está obligada a trasponer exigen con ese fin la protección de la propiedad intelectual. La remuneración por copia privada es, de hecho, un beneficio para los usuarios ya que gracias a ella pueden realizarla legalmente.
La legislación europea también dice que hay que liberalizar el sector de los servicios entidades de gestión incluidas y que no se puede rebajar el IVA de los discos. ¿Por qué sus directivas son obligaciones sólo cuando interesa?
Si tanto se insiste en no mezclar copia privada con P2P deberían empezar ellos mismos a aplicarse la receta. Ninguna de estas entidades de gestión reconoce la copia a través de Internet como copia privada, por lo que es demagógico considerar que la existencia de la copia privada es beneficiosa para Internet. En la Red no hay soporte, no hay CD. Para la difusión de los contenidos de Internet es irrelevante que se pague o no ese canon, a no ser que consideremos el intercambio de archivos peer to peer como copia privada.
Lo que no es lógico es que, por ejemplo, el sistema judicial español tenga que pagar cientos de miles de euros a las entidades de gestión en concepto de copia privada al pagar los CDs en los que se almacenan los expedientes. El respeto por la propiedad intelectual no pasa inevitablemente por cobrar un canon por el CD.
3- La polémica desatada en torno a la copia privada es un problema creado artificialmente por una campaña de intereses de empresas muy concretas, interesadas no en la supuesta defensa de ningún usuario, sino en obtener mayores márgenes comerciales.
Según una reciente encuesta, el 89,6% de los internautas está en contra de este canon. Que sus intereses coincidan con lo de algunas empresas no quita ninguna validez a una protesta que pocas veces ha sido tan unánime en la opinión pública española. El canon no lo pagan las empresas: lo pagamos los usuarios de estos soportes de nuestro bolsillo.
4- Los fabricantes de equipos e importadores de soportes (integrados en ASIMELEC) firmaron libremente, hace menos de dos años, un acuerdo con las entidades de gestión que consideraron positivo. Aquella firma se produjo a raíz de diversas sentencias judiciales que confirmaron con toda rotundidad el derecho de remuneración por copia privada. Todas las partes también tuvieron presente la experiencia de los demás países.
La trampa está en los paréntesis. Los socios de ASIMELEC se dedican a fabricar e importar soportes, pero no todos los importadores y fabricantes están en ASIMELEC.
El canon por copia privada se estableció con la llegada de los soportes analógicos, por el vídeo y la casete de audio. El uso de esos soportes sí estaba destinado en la amplísima mayoría de las ocasiones a la copia privada de material protegido por derechos de autor. Sin embargo, el CD y el DVD-r no sólo se destinan a la copia de música o cine.
La legislación española no contempla específicamente a los nuevos soportes digitales como susceptibles de pago de canon. De hecho, la actual Ley de la Propiedad Intelectual permite al Gobierno establecer qué soportes pueden quedar exceptuados del pago de la remuneración, atendiendo a la peculiaridad del uso o explotación a que se destinen.
Con la ambigüedad de este texto, la fuerza de sus abogados y ante la apatía del Gobierno, la SGAE consiguió acorralar judicialmente a los principales fabricantes de CD-r. El acuerdo que firmaron libremente los socios de ASIMELEC (que no todo el sector) consistió en empezar a pagar a cambio del perdón de las deudas anteriores, ya que a juicio de la SGAE cada CD-r vendido estaba obligado a pagar canon a pesar de que los fabricantes no habían trasladado a los consumidores el cobro de dicha compensación. Los fabricantes tenían dos opciones: empezar a pagar o quebrar, ya que las supuestas deudas contraídas eran desorbitadas.
5- El Partido Popular, que jamás se opuso a la remuneración compensatoria durante su mandato e incluso la consideró positiva, ha querido ahora cambiar súbitamente de opinión, por sorpresa, sin argumentos y sin consenso en sus propias filas.
El Partido Popular se opuso al divorcio y luego cambio de idea. El PSOE se opuso a la entrada a la OTAN y luego cambio de idea. Sin ir más lejos, muchos de los partidos que votaron en contra de la propuesta del PP en el Senado habían dicho antes no al canon y súbitamente también cambiaron de idea.
6- En ningún otro sector se discute la propiedad: ni en patentes tecnológicas, ni en las derivadas de I+D farmacéutico o alimentario, ni en diseño, ni en marca, ni siquiera en ningún tipo de intangibles. El mundo de la cultura, en cambio, está siendo víctima de una campaña de infundios que alientan personajes cuya representatividad entre el colectivo de internautas nos resulta un perfecto misterio.
No se cuestiona la propiedad, pero la propiedad intelectual no es igual a la material y en ninguno de los dos casos es absoluta e infinita. Por ejemplo, como explica Lawrence Lessig, el concepto tradicional de la propiedad de los terrenos establecía que esos derechos se ampliaban hasta el cielo. Cuando llegó el avión, hubo que cambiar dichos derechos para impedir que un propietario pudiese prohibir a los aviones circular sobre su cabeza.
Por otro lado, las farmacéuticas no cobran un canon a los vendedores de productos químicos o de probetas. El mundo de la moda no cobra un canon a los fabricantes de telas. Las compañías de alimentación no cobran un canon por las cazuelas.
Las entidades de gestión cuestionan la representatividad de los que las critican, pero al mismo tiempo se atribuyen en exclusiva la representatividad de todo creador. Yo no represento a nadie. Pero mi talento y mi creación, como el de muchos otros, no es suyo. La cultura es algo mucho más grande que la propia industria.
7 - Proteger la creatividad y la innovación ha impulsado siempre el crecimiento económico. Y ése es un objetivo en que toda la clase política y los sectores involucrados deberíamos remar en la misma dirección.
La protección de la creatividad no puede hacerse a costa de un mecanismo de compensación claramente arbitrario e injusto. Y en este caso son los consumidores los desprotegidos.
Este año, a pesar de la supuesta crisis musical, la SGAE ha logrado su récord histórico de ingresos. Esta entidad ha recaudado más de 300 millones de euros, un 11,9% más que el ejercicio anterior. Gran parte de estos ingresos extraordinarios se deben al espectacular aumento de ingresos por copia privada, que este año ha supuesto el 10% de la caja de la SGAE: 30 millones de euros sólo para esta entidad de gestión. Esta cantidad es tres veces mayor a la que se recaudaba hace cinco años.
8 - Los propios fabricantes de equipos y soportes combaten legalmente las copias ilegales porque su propiedad industrial está protegida. De hecho, los propios CD, que pretenden eximir de la remuneración, pagan unos royalties por patente.
La comparación es totalmente desproporcionada. El pago de esas patentes es muchísimo más barato que el del canon. Y el 100% de los CDs son CDs. Pero no todos los CD-R se usan para grabar contenidos protegidos por propiedad intelectual.
Por otra parte, si el derecho a la copia privada se adquiere al comprar el original, lo lógico sería cargarlo al precio del producto original y no al del soporte. Además, muchos de los discos y todos los DVDs que salen al mercado están protegidos contra copia, por lo que se impide el uso de este derecho por el que sí se paga.
La actual legislación prohibe romper esas protecciones, por lo que cobrar el canon por una copia privada que tecnológicamente es imposible de realizar sin cometer un delito es como cobrar el IVA a los narcotraficantes.
9 - La cultura en España también es una industria especialmente potente en términos macroeconómicos: representa entre el 3% y el 5% del PIB, según se establezcan los baremos.
La industria cultural pretende ser industria cuando se trata de cobrar y cultura cuando se trata de pedir. Otros sectores más importantes en términos de PIB han sufrido reconversiones por culpa de la tecnología mucho más duras y no por ello se ha legislado a su medida. Por otra parte, no es de recibo pedir más protección legal y más mano dura cuando los ingresos de las entidades de gestión alcanzan récords históricos.
10 - Las entidades firmantes quieren recordar que gestionan la remuneración privada sin fines lucrativos y destinan un porcentaje muy significativo a fines asistenciales y de promoción y difusión de la cultura española por todo el mundo. Estos esfuerzos en el ámbito de la responsabilidad social corporativa supusieron durante 2004 una inversión de 16 millones de euros.
Bonito dato: 16 millones de euros. La ley establece que el 20% de lo recaudado por copia privada debe destinarse a fines asistenciales y de promoción y difusión de la cultura. Así que, si esta cifra es cierta, por fin hemos descubierto cuánto se recauda por copia privada en España entre todas las entidades de gestión. ¿80 millones en 2004? ¿Sin afán lucrativo? "
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